La Audiencia Provincial de Lérida confirma que las obras de arte sacro en litigio pertenecen a Aragón
Rechazado el recurso de la asociación Amics del Museu de Lleida que reclamaba otorgar la propiedad de las obras al Obispado de Lérida por usucapión, tras un siglo como depositario.
Redacción La Voz de Barcelona
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lérida ha desestimado el recurso de la asociación Amics del Museu de Lleida contra la sentencia del Juzgado de Instrucción número 4 de Lérida, que en septiembre de 2010 determinó que 85 de las 113 obras de arte sacro depositadas en el Museo Diocesano de Lérida pertenecen, en realidad, a parroquias de la diócesis de Barbastro-Monzón.
El contencioso se arrastra desde hace 15 años, cuando un centenar de parroquias -de las que procedían las obras depositadas en el Museo desde hace más de un siglo- fueron segregadas del Obispado de Lérida y traspasadas al de Barbastro-Monzón. En mayo de 2008, tras una orden del Vaticano, ambos obispos acordaron la devolución de las obras de arte a la diócesis aragonesa, pero el acuerdo nunca llegó a cumplirse por la negativa de la Generalidad a acatarlo, alegando que formaban parte de una colección catalogada.
Posteriormente, Amics del Museu de Lleida llevó el asunto a los tribunales, que por segunda vez han rechazado sus argumentos, tras la sentencia de septiembre de 2010. De hecho, en enero de este año, los obispos de las diez diócesis de Cataluña, en una declaración conjunta, instaron al consorcio que gestiona el Museo (Generalidad, Diputación, Ayuntamiento y Consejo Comarcal, además del Obispado) a devolver las obras a Aragón, aunque su petición fue nuevamente desoída.
Una situación procesal ‘paradójica’
En esta ocasión, la Audiencia Provincial de Lérida, con fecha de 26 de septiembre, desestima que el propietario de las obras sea el Obispado de Lérida por usucapión, es decir, por su posesión pacífica y continuada durante el tiempo previsto por la ley, que en el caso de la legislación en Cataluña es de entre tres y seis años. Y subraya que solo fue su depositario.
‘La situación procesal de esta segunda instancia es paradójica’, insiste la Audiencia, ‘mientras la asociación Amics del Museu quiere que se declare que el Obispado de Lérida es propietario por usucapión de una serie de obras de arte, en cambio, el Obispado de Lérida está de acuerdo con la sentencia que deslegitima esta pretensión‘.
Y añade que Amics del Museu ‘no está legitimada para interponer recurso de apelación, al no tener interés [legal], [y] no tiene sentido realizar un pronunciamiento judicial meramente declarativo sobre la adquisición por usucapión del derecho de propiedad sobre determinados bienes, cuando el único beneficiario de la misma no está de acuerdo, no consiente y, contrariamente, la atribuye al Obispado de Barbastro-Monzón, en uso de sus facultades de disposición y de libertad civil, que, sin más, no pueden ser limitadas por un tercero, que no puede imponer su voluntad a la voluntad de este tercero, salvo que haya una norma o un vínculo judicial negocial que lo permita’, y que en este caso no se da.